Compartimos en el blog una noticia que nos ha parecido interesante, sobre la omnipresente responsabilidad de los técnicos que realizamos inspecciones ITE de edificios…
La responsabilidad en la ITE
La responsabilidad penal de los arquitectos que llevan a cabo la Inspección Técnica de Edificios se limita a los casos en los que omitan voluntariamente y con mala fe información de una parte del inmueble en la que puedan existir daños, o no se deje constancia de un signo evidente de un daño estructural en el informe que se elabora una vez acabadas las pruebas.
En la mayoría de los casos la responsabilidad no va más allá del ámbito contractual, del incumplimiento de una o más cláusulas establecidas en el acuerdo en el propietarios y técnicos establecen cómo se llevará a cabo la inspección.
Una vez que los técnicos han informado de un daño la responsabilidad de su reparación es del propietario.
Puede parecer un descargo de responsabilidades pero nos alegra leer que no siempre la culpa, como se suele decir, es del arquitecto!
El procedimiento de estas inspecciones ITE incluye la visita del técnico al inmueble, un peritaje visual y una toma de datos sobre posibles deficiencias en el edificio. Una vez emitido el informe, o bien la propia comunidad de vecinos o bien el arquitecto deposita el resultado en el registro del Ayuntamiento.
Fuente: la responsabilidad penal en la ITE se reduce a casos de mala fe
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