CATEGORÍAS EN EL BLOG

CONTACTAR

Muchas personas, al recibir la notificación del Ayuntamiento o enterarse por otros medios de que el edificio en que viven tiene que pasar la ITE nos han preguntado eso de, pero en pocas palabras… ¿qué es la ITE?

Así que desde aquí vamos a intentar aclarar un poco la cuestión: en resumen la ITE es una inspección técnica en la que se comprueban las condiciones de seguridad, estabilidad y consolidación de los edificios.

Qué es la ITE.

La Inspección Técnica ITE en España tiene carácter obligatorio, conviviendo desde hace unos años con el nuevo Informe de Evaluación de Edificios IEE. Estas inspecciones deben ser pasadas por casi todas las edificaciones, independientemente del uso que tengan. La ordenanza de cada Ayuntamiento establece los plazos de presentación, y en caso de no existir legislación propia todo edificio de mas de 50 años tiene la obligación de realizar la ITE / IEE tal y como establece la normativa nacional.

Normalmente la ITE es una inspección visual rápida y sencilla, en la que se comprueba tanto el exterior como el interior del edificio, especialmente los elementos constructivos que configuran los siguientes apartados:

  • Estructura y cimentación.
  • Fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos, en especial los que pudieran suponer un peligro para la vía pública.
  • Cubiertas y azoteas.
  • Redes generales de fontanería y saneamiento.
  • Elementos de accesibilidad.

Desde el año 2022 también se debe disponer del Certificado de Eficiencia Energética CEE en vigor.

Qué es la ITE… en Madrid

En Madrid, la ordenanza municipal que regula la Inspección Técnica de Edificio, es la ANM 2011 (Conservación, Rehabilitación, y Estado Ruinoso de las Edificaciones).

Y, en función de lo establecido en la citada Ordenanza Municipal:

Los propietarios de los terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo.

Por lo que a la pregunta de que es la ITE podríamos decir que no es más que el instrumento oficial al servicio de los propietarios para dar cumplimiento la obligación de conservar el estado de seguridad, salubridad y ornato público de su edificio, que surge como una medida de control que pone en su conocimiento y en el de la administración las posibles deficiencias de los edificios y las actuaciones de subsanación necesarias, si proceden. La Inspección Técnica del Edificio acredita las condiciones de seguridad de los edificios, así como las condiciones de habitabilidad en función de su uso.

Como siempre recordaros que estamos a vuestra disposición a través del formulario de contacto, el correo rt@rtarquitectura.com y en nuestras páginas de facebook, twitter e instagram, donde cada día enlazamos información sobre la ITE y la rehabilitación de edificios… os esperamos!

Otros artículos relacionados

ITE Madrid 2025, todo lo que necesitas saber!

ITE desfavorable… y ahora qué hacemos?

Certificado de idoneidad tras una ITE desfavorable

Otras páginas relacionadas

RT arquitectura – Inspección Técnica de Edificios ITE

Cambios en el contenido

Diciembre 2018: revisamos el artículo con información sobre el nuevo Informe de Evaluación de Edificios IEE.

Febrero 2023: revisamos de nuevo el artículo con los últimos cambios en la normativa!

Síguenos en las redes

Relacionado…

Deja un comentario…

  1. Javier 07/02/2012 at 18:09 - Reply

    Acabamos de actualizar la información con los datos correspondientes a la nueva normativa ITE Madrid 2012… esperamos que os sea de utilidad!

  2. Javier 26/04/2012 at 16:49 - Reply

    Hola!

    Mi nombre es Javier y desde hace poco tiempo he decidido rehabilitar un antiguo pajar en un municipio dentro de la comunidad de Madrid. Este edificio está dentro de la ampliación del casco urbano según plano urbanístico. La estructura es sólida y la superficie construida es de 68 m2 en dos plantas en un terreno de 84 m2. Mi pregunta es qué pasos debo de seguir para llevar a cabo dicho proyecto. Su financiación sería mediante préstamo.

    Gracias por atenderme.

    • Javier 27/04/2012 at 11:25 - Reply

      Bienvenido! La pregunta no es sencilla de responder con un comentario, pero vamos a intentar darte algunas indicaciones:

      En primer lugar suponemos que la rehabilitación que nos comentas va encaminada a convertir el pajar en una vivienda, no?

      Lo primero que tendrás que solicitar es, suponiendo que el uso de vivienda sea compatible, la licencia de cambio de uso (condicionada al cumplimiento de la normativa urbanística municipal). Si el ayuntamiento no lo autoriza no podrás obtener la cédula de habitabilidad, ni dar de alta servicios como el gas, la luz o el agua.

      Para pedir la licencia de obras (cambio de uso) necesitarás casi con toda seguridad un proyecto que cumpla el CTE (al tratarse de una rehabilitación integral) y que incluirá memoria, planos y presupuesto. En el proyecto se determinará si la estructura existente es válida para la nueva hipótesis de carga, los refuerzos necesarios, aislamientos, salubridad, etc.

      Luego necesitarás un contratista que ejecute la rehabilitación conforme al presupuesto del proyecto.

      Y finalmente, cuando la obra esté terminada, habrá que tramitar la licencia de primera ocupación, dar de alta los servicios, dar de alta la vivienda en catastro y en el registro de la propiedad… y por último disfrutar de ella, claro!!

      Esperamos haberte aclarado un poco las cosas y si te lanzas a la aventura ya sabes dónde estamos!