Explicamos en qué consiste el CIVUT o Certificado de Idoneidad de Vivienda de Uso Turístico, un requisito obligatorio para las viviendas de uso turístico en Madrid.
Decreto 29/2019 (que modifica al 79/2014)
El CIVUT consiste en un certificado de idoneidad introducido en el Decreto 79/2014, modificado por el Decreto 29/2019, por el que se regulan los Apartamentos Turísticos y las Viviendas de Uso Turístico de la Comunidad de Madrid.
CIVUT
El CIVUT es un documento técnico (no urbanístico) cuya finalidad es garantizar al usuario de la vivienda donde va a alojarse que cumple unos concretos requisitos, razonables y proporcionados, que han sido determinados en atención al uso turístico ofertado.
El certificado CIVUT ha de ser emitido por un arquitecto o arquitecto técnico y acredita que una vivienda de uso turístico (VUT) cumple los parámetros establecidos en el artículo 17 bis. Para emitir el certificado debemos comprobar in situ los siguientes apartados:
Además de lo anterior, una vivienda de uso turístico debe cumplir los requisitos mínimos del artículo 18 relativos a distribución, mobiliario, ocupación, etc.
El CIVUT deberá estar a disposición de los usuarios de las viviendas de uso turístico.
Si necesitas obtener el CIVUT de tu vivienda turística, puedes utilizar nuestro formulario de contacto!
Como siempre recordaros que estamos a vuestra disposición a través del formulario de contacto, el correo rt@rtarquitectura.com y en nuestras páginas de facebook, twitter e instagram, donde cada día enlazamos información sobre rehabilitación y reforma de edificios y viviendas… os esperamos!
Cambios en el contenido
— Septiembre 19: actualizamos el enlace al Decreto 79/2014 de la Comunidad de Madrid.
— Febrero 2021: actualizamos la normativa vigente con el enlace al Decreto 29/2019.
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