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La Inspección Técnica de Edificios ITE y el nuevo Informe de Evaluación de Edificios IEE son, como hemos explicado en otros artículos relacionados, el instrumento oficial obligatorio que sirve a los propietarios para conocer el «estado de salud» de su edificio.

Inspección Técnica ITE.

El Ayuntamiento suele notificar directamente a las distintas fincas la necesidad de pasar la ITE / IEE en el año en curso, pero publica además un listado público con las direcciones de los edificios afectados.

Desde el siguiente enlace oficial se puede consultar el listado de edificios de Madrid que han de pasar la ITE / IEE en el año en curso!

Inspección Técnica de Edificios – ITE

Si el edificio en el que vives tiene que pasar la Inspección Técnica ITE o el nuevo Informe IEE este año, el procedimiento habitual que seguimos en RT arquitectura es el siguiente:

  • En primer lugar elaboramos un presupuesto personalizado que tiene en cuenta las características específicas de cada finca: año de construcción, superficie, altura, etc.
  • Tras ser aceptado concertamos fecha y hora para la inspección.
  • Realizamos la visita de inspección técnica, comprobando las partes del edificio que revisa la ITE o el IEE y tomando extensa documentación técnica y fotográfica.
  • Posteriormente redactamos el acta (que podrá ser favorable o desfavorable) y el informe complementario si se han observado deficiencias (detallando las lesiones observadas, las medidas de seguridad a adoptar en caso de ser necesarias, etc).
  • Finalmente presentamos en la administración competente toda la documentación.

Si la ITE / IEE es favorable:

Si la inspección resulta favorable se procede a anotar el expediente en el registro de edificios y el trámite se da por concluido hasta dentro de 10 años, momento en el que habrá que realizar una nueva inspección.

Si la ITE / IEE es desfavorable:

Si la inspección resulta desfavorable, la administración dicta la correspondiente orden de ejecución, que ampara y detalla las obras a realizar.

Para llevar a cabo las actuaciones de subsanación requeridas, los propietarios del edificio deberán contratar a un técnico cualificado para la redacción del proyecto técnico de las obras (en caso de ser necesario) y el control de la ejecución de las mismas.

Terminadas las obras de conservación, se debe presentar un certificado de idoneidad, también firmado por un técnico competente.

Al presentarse dicho certificado el trámite se da por concluido hasta dentro de 10 años, momento en el que habrá que realizar una nueva inspección.

Para saber más…

Si tenéis dudas sobre el procedimiento para pasar la Inspección Técnica de Edificios u obtener el nuevo Informe IEE podéis dejarnos un comentario o planteárnoslas mediante nuestro formulario de contacto.

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RT arquitectura – Informe de Evaluación de Edificios IEE

Cambios en el contenido

Octubre 2012: actualizamos la información sobre el procedimiento para pasar la inspección ITE, que también podéis encontrar en nuestra web…

Mayo 2017: actualizamos la información de la ITE con el nuevo Informe de Evaluación de Edificios IEE…

Diciembre 2017: resumimos toda la información sobre el IEE en Madrid: plazos, calendario, normativa, etc.

Junio 2020: añadimos la información relativa al nuevo Informe de Evaluación de Edificios IEE.

Febrero 2023: revisamos el contenido para mantener la información al día!

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Deja un comentario…

  1. Administrador de Fincas 27/10/2011 at 14:59 - Reply

    En caso de resultar el informe de la ITE desfavorable, se encargarían también de realizar el proyecto técnico de las obras de subsanación?

    Muchas gracias.

    • Isabel 27/10/2011 at 15:54 - Reply

      Pasar la ITE es un servicio que ofrecemos desde el estudio RT arquitectura, por lo que si requiere nuestros servicios tanto para labores de asesoramiento como para la redacción de un posible proyecto de rehabilitación, estamos a su disposición en el siguiente correo: rt@rtarquitectura.com

  2. Santiago 09/10/2015 at 13:09 - Reply

    Podríais decirme un gabinete similar y la normativa en Alicante capital? Gracias.

    • Javier 12/10/2015 at 13:22 - Reply

      Buenos días Santiago. Pues la verdad es que no conocemos a nadie por allí, lo sentimos! Alicante no me suena que tenga normativa específica (municipal) por lo que habría que ver la normativa de la Comunidad Valenciana y / o la nacional, que obliga a inspeccionar a los edificios de más de 50 años. Un saludo.

  3. Santiago 13/10/2015 at 11:29 - Reply

    Gracias no obstante.

  4. Juan Carroza 26/09/2019 at 12:19 - Reply

    ¿Se puede acceder desde su página a las diferentes ordenanzas municipales de España? En concreto me interesa el Municipio de Níjat (Almería). Gracias.

  5. Inspección ITE 19/01/2023 at 12:14 - Reply

    ¡Gracias por el post, muy útil! La Inspección Técnica de Edificios es una herramienta fundamental para garantizar la seguridad, el mantenimiento y el buen estado de los edificios. Esta herramienta ofrece la oportunidad de detectar y corregir defectos o problemas antes de que se presenten, evitar daños y mayores costos de reparación. Por lo tanto, podemos concluir que la Inspección Técnica de Edificios es una práctica vital para garantizar la seguridad de los edificios y es importante que los propietarios y administradores realicen las inspecciones periódicas.