Llega con varios meses de retraso sobre lo inicialmente previsto pero ya está aquí, a partir del próximo 1 de junio de 2013 todo aquel que quiera vender o alquilar su vivienda necesitará un Certificado Energético. Aprovechamos para hacernos eco de la aprobación definitiva del Real Decreto de Certificación Energética de Edificios Existentes, como parte de la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas y el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas…
Certificado Energético
La nueva normativa establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio que los compradores o arrendadores de viviendas o edificios tengan a su disposición un Certificado Energético (Certificado de Eficiencia Energética). Este certificado, además de mostrar la calificación energética del edificio en una tabla de letras y colores de que comprende desde la A verde hasta la G roja, deberá incluir información de las características energéticas y en el caso de edificios existentes un documento de recomendaciones para mejorar la eficiencia energética. Se pretende así favorecer la promoción de edificios con alta eficiencia energética e incentivar las actuaciones encaminadas al ahorro de energía.
Dentro de la nueva Ley de Rehabilitación se encuentra incluido el Real Decreto de Certificación Energética, que obligará a que toda vivienda existente disponga de un certificado energético en el momento de su venta o alquiler. Dicho certificado o etiqueta energética nos permitirá, a la hora de afrontar la compra o alquiler de una vivienda, valorar un nuevo factor que se sumará al precio, situación, estado, etc.
No sólo viviendas…
Otra cuestión importante es que el certificado no sólo afectará a viviendas, si no también a oficinas y locales comerciales entre otros.
Quedan excluidos de la obligación de contar con el Certificado Energético los edificios y monumentos protegidos, los utilizados como lugares de culto o las viviendas que sean objeto de contratos de alquiler inferiores a cuatro meses. Tampoco afectará, lógicamente, a los inmuebles que vayan a ser demolidos.
Herramientas para la certificación
Como herramientas para la obtención del Certificado Energético, que sólo podrán realizarlo técnicos cualificados, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ha elaborado los programas CE3 y CE3X, de los que os hablamos en el blog.
Como siempre recordaros que estamos a vuestra disposición a través del formulario de contacto, el correo rt@rtarquitectura.com y en nuestras páginas de facebook, twitter e instagram, donde cada día enlazamos información sobre el Certificado de Eficiencia Energética, la ITE y la rehabilitación de edificios…
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Buen artículo y muy buen blog.
Muchas gracias!
Hola. Mi hermano y yo llevamos más de 6 años intentando vender una casa que tiene más de 60 años y que está para reformar así que como comprenderéis la eficiencia energética es nula. Pero por si suena la flauta supongo que tendremos que solicitar el dichoso certificado. Mi duda consiste en que tanto mi hermano como yo estamos en el paro, ¿hay alguna ayuda para poder sacar dicho certificado? Gracias.
Buenos días! Os entendemos perfectamente, en una casa de 60 años para reformar poca eficiencia hay que certificar. Sin embargo, el concepto del certificado no es ese, si no que el futuro comprador sepa por ejemplo con qué mejoras (ventanas, aislamiento, instalaciones) podría obtener un mayor ahorro mensual al mejorar la eficiencia energética de la vivienda.
Por otra parte siento deciros que el Real Decreto que regula el Certificado de Eficiencia Energética no contempla ninguna ayuda por parte de la Administración para obtenerlo. Saludos.
Un gran artículo, estaba buscando esta infomación. Te has ganado mi me gusta! Gracias por todo.